En un minuto
- La ley de prevención del blanqueo obliga a bancos, notarios y agencias a comprobar de dónde viene el dinero de una operación.
- Le pedirán documentos que expliquen el origen: una venta, una herencia, ahorros de su sueldo, dividendos.
- El dinero tiene que poder seguirse, cuenta a cuenta, desde su origen hasta la compra.
- Si la explicación no convence, el banco puede parar la transferencia y el notario, negarse a firmar.
Quién lo pide y por qué
La Ley 10/2010 obliga a una lista de profesionales, los «sujetos obligados», a conocer a su cliente y el origen de su dinero. En una compra de vivienda casi todos lo son: su banco, el del vendedor, el notario, el registrador y la agencia inmobiliaria.
No le están acusando de nada. Si no hacen esa comprobación, las sancionadas son ellas. Por eso, cuanto más clara llegue su documentación, menos preguntas habrá.
Qué documentos se suelen pedir
- Si el dinero viene de vender otra vivienda: la escritura de venta y el extracto donde entró el precio.
- Si viene de una herencia o una donación: la escritura o el documento del reparto, y el pago del impuesto.
- Si son ahorros: nóminas, declaraciones de la renta y extractos de varios años.
- Si viene de una empresa: el acuerdo de reparto de dividendos y sus cuentas.
- Si hay criptomonedas por medio: el historial del exchange, desde la compra hasta la venta a moneda corriente.
Los documentos de otro país suelen necesitar apostilla y, si no están en español o en inglés, traducción.
Si el dinero viene del extranjero
Haga la transferencia desde una cuenta a su nombre, en un banco de su país de residencia, y en una sola operación o en pocas. Evite pasar por cuentas de terceros o dividir la cantidad en muchas transferencias pequeñas: es justo lo que hace saltar las alarmas.
Si trae efectivo al cruzar la frontera, a partir de 10.000 euros tiene que declararlo. Y en la compra no se puede pagar en efectivo más allá de pequeñas cantidades.
Qué pasa si no se puede justificar
El banco puede retener la operación y pedir más información. Si sigue sin verlo claro, puede rechazarla y, si aprecia indicios, comunicarlo al servicio de prevención del blanqueo, sin decírselo a usted. La firma se retrasa o no llega a hacerse, y a veces con las arras ya pagadas.
Por eso lo razonable es preparar el expediente antes de firmar la reserva, no cuando el banco ya ha preguntado.
Cómo le ayudamos
- Preparamos el expediente de origen de fondos antes de que lo pidan.
- Revisamos que el recorrido del dinero se entienda, cuenta a cuenta.
- Hablamos con el banco y con el notario si surgen dudas.
- Si la compra la llevamos nosotros, el expediente va incluido.
Preguntas frecuentes
Si compro con hipoteca, ¿también me lo piden?
Sí, por la parte que pone de su bolsillo: la entrada, los impuestos y los gastos.
Mis padres me regalan el dinero. ¿Qué necesito?
Un documento de la donación y, según dónde vivan ellos y usted, el pago del impuesto de donaciones. Conviene formalizarla antes de mandar el dinero.
¿El notario puede negarse a firmar?
Sí, si no se le justifica el origen del dinero o el medio de pago.
¿Cuánto cuesta preparar el expediente de origen de fondos?
Depende de cuántas fuentes tenga el dinero. Le damos el precio por escrito después de ver su caso.
Esta guía es información general. Para decidir en su caso concreto, hable con un abogado.
