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Guía · Penal

Le han citado como investigado: qué pasa a partir de ahora.

Una citación como investigado no es una condena ni una acusación. Es el momento en el que más se puede hacer por su defensa, y conviene no desperdiciarlo.

Por Jimena Sastre, abogada penalista
Actualizada el 25 de septiembre de 2026 · 6 minutos de lectura

En un minuto

  • Investigado es la palabra que sustituyó a «imputado» en 2015: el juez está comprobando unos hechos en los que usted puede haber participado.
  • Tiene que ir. Si no va sin una causa justificada, el juez puede ordenar que le lleven.
  • Puede no declarar, o contestar sólo a las preguntas de su abogado. Callar no se puede usar como prueba de culpa.
  • Antes de la declaración su abogado tiene que haber leído la causa. Si no ha podido, se pide que se aplace.

Qué significa estar investigado

Un juzgado de instrucción ha abierto diligencias por unos hechos y cree que usted puede tener relación con ellos. Le cita para oír su versión y para informarle de sus derechos. En esta fase nadie le acusa todavía: eso llega después, si llega, cuando el fiscal o la acusación presentan su escrito.

Muchas causas terminan aquí, con un archivo. Que la suya sea una de ellas depende en buena parte de lo que se haga en estas semanas.

Sus derechos desde la citación

  • Saber de qué hechos se le acusa y cualquier cambio que haya en ellos.
  • Ver la causa, con tiempo para preparar la defensa. Si el juez la ha declarado secreta, el acceso se limita mientras dure el secreto.
  • Elegir abogado. Si no lo elige, se le asigna uno de oficio.
  • No declarar, no contestar a alguna pregunta, no declarar contra sí mismo y no confesarse culpable.
  • Intérprete, si no entiende bien el castellano.

Cómo se prepara la declaración

Lo primero es leer la causa entera: la denuncia o la querella, los documentos y lo que hayan declarado otros. Con eso se decide si conviene declarar, callar o contestar sólo a su abogado. No hay una respuesta buena para todos los casos.

Si decide declarar, se ensaya. Se repasan los documentos que le van a enseñar y las preguntas que le va a hacer cada parte. Lo que diga ese día queda grabado y se le puede leer en el juicio años después.

Si cree que tiene documentos que le favorecen, se aportan con un escrito. Mejor pronto que tarde: una prueba que llega a tiempo puede cerrar la causa antes de que haya juicio.

Qué pasa después

El juez sigue investigando: pide documentos, cita a testigos, encarga peritajes. La ley le da doce meses para hacerlo, prorrogables. Al final, archiva la causa o la envía a juicio.

Durante la instrucción su abogado puede pedir diligencias, recurrir las decisiones del juez y pedir el archivo. Si alguna acusación pide medidas contra usted, como una fianza o la retirada del pasaporte, el juez le escucha antes de decidir.

Cómo le ayudamos

  • Leemos la causa antes de su declaración y le decimos qué nos parece, sin rodeos.
  • Preparamos la declaración con usted, pregunta por pregunta.
  • Le acompañamos al juzgado y pedimos las diligencias que le favorecen.
  • Si la causa es de delito económico, fiscal o de blanqueo, la lleva Jimena Sastre.

Preguntas frecuentes

¿Estar investigado significa que tengo antecedentes penales?

No. Los antecedentes sólo nacen de una condena firme. Estar investigado no deja rastro en el registro de penados.

¿Me pueden detener el día de la declaración?

Es muy poco habitual. Para que el juez adopte una medida como la prisión provisional, alguna acusación tiene que pedirla y se celebra una comparecencia con su abogado.

¿Puedo cambiar de abogado a mitad de la causa?

Sí, en cualquier momento. El nuevo abogado pide la causa y se pone al día.

¿Cuánto cuesta un abogado para una citación como investigado?

Depende de la causa. Después de leerla le damos un presupuesto por escrito, por fases.