¿Cuáles son los arraigos en 2025 en España?

A partir de mayo de 2025, entra en vigor una nueva normativa de extranjería en España que introduce cambios importantes en los procedimientos de regularización por arraigo. Esta figura permite a las personas extranjeras que se encuentran en situación irregular, acceder a una autorización de residencia cumpliendo ciertos requisitos, acompáñanos en este artículo y te contamos Cuáles son los arraigos en 2025 en España

Si estás en España sin papeles y te preguntas qué opciones tienes para regularizar tu situación, aquí te explicamos de forma clara y sencilla los tipos de arraigo existentes según el nuevo reglamento, qué requisitos debes cumplir y cómo iniciar el proceso.

¿Qué es el arraigo?

El arraigo es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se concede a personas extranjeras en determinadas situaciones. Es una vía legal para regularizar tu situación en España si puedes demostrar vínculos familiares, integración social o tu esfuerzo por incorporarte al mercado laboral.

Con el nuevo reglamento, se mantiene la estructura básica de los arraigos, pero se introducen ajustes en los requisitos y documentación exigida.

1. Arraigo Social

Es uno de los más solicitados. Se concede a personas que llevan al menos 3 años en España, siempre que:

  • No tengan antecedentes penales.

  • Acrediten integración social mediante un informe favorable de los servicios sociales.

  • Tengan una oferta de empleo, recursos económicos propios o estén emprendiendo un proyecto.

Novedad 2025: Se facilita el acceso al informe de integración y se valorarán también redes de apoyo comunitario como ONG, asociaciones vecinales o religiosas.

2. Arraigo Familiar

Este tipo se aplica cuando el solicitante tiene vínculos familiares con ciudadanos españoles o residentes legales.

Se concede si:

  • Eres padre o madre de un menor español o comunitario.

  • Eres hijo de padres que fueron originariamente españoles.

Novedad 2025: Se amplía el arraigo familiar a cuidadores de personas dependientes con nacionalidad española o residentes legales de larga duración.

En S&C International Lawyers, revisamos minuciosamente cada documento antes de presentar tu solicitud, asegurándonos de que todo esté en orden para evitar retrasos innecesarios.

3. Arraigo Laboral

Antes solo se concedía a personas que pudieran demostrar 2 años en España y al menos 6 meses trabajando de forma irregular.

Ahora, con la reforma, se flexibilizan ciertos requisitos:

  • Se debe demostrar haber trabajado durante al menos 12 meses en los últimos 2 años.

  • El empleo debe estar acreditado mediante acta de inspección de trabajo o resolución judicial.

Importante: Ahora también se podrá acceder si has trabajado bajo contratos temporales en sectores como la agricultura o el hogar.

4. Arraigo para la Formación

Este tipo fue introducido en 2022 y con la nueva normativa se afianza como una vía clave para jóvenes y adultos que quieran formarse y luego trabajar en España.

Requisitos:

  • Llevar 2 años en España.

  • Comprometerte a realizar una formación reglada o profesional.

  • La formación debe estar orientada a sectores con demanda laboral.

Ventaja: Una vez finalizado el curso, podrás solicitar un permiso de trabajo vinculado a esa formación

En S&C International Lawyers te podremos indicar academias concertadas al programa, con múltiples posibilidades y calidad probada en la docencia.

¿Qué tipo de formación es válida?

  • Formación Profesional (FP) de grado medio o superior.

  • Certificados de profesionalidad.

  • Formación para el empleo del SEPE o de comunidades autónomas.

  • Cursos homologados por el catálogo nacional de cualificaciones profesionales.

Ejemplo real: Carlos, de nacionalidad hondureña, lleva 2 años trabajando en negro en limpieza. Solicita arraigo para la formación con un curso de cocina profesional de 9 meses homologado por la Comunidad de Madrid. Tras obtener el permiso, realiza la formación y posteriormente accede a un contrato legal como ayudante de cocina.

¿Qué pasa después de la formación?

Cuando finalices tu formación, podrás solicitar una autorización de residencia y trabajo sin necesidad de volver a tu país. Solo tendrás que demostrar:

  • Que has completado con éxito la formación.

  • Que cuentas con una oferta de empleo relacionada con la especialidad estudiada (mínimo SMI y jornada completa).

Ventaja competitiva: A diferencia de otros tipos de arraigo, este proceso te da tiempo para formarte y prepararte para el mercado laboral legalmente, mientras permaneces en España de forma regular.

Claves para tener éxito con este arraigo:

  • Escoge bien el centro formativo: debe estar homologado.

  • Asegúrate de que el curso tiene salidas laborales reales.

  • No dejes pasar los plazos: si no te matriculas a tiempo, el permiso puede ser revocado.

Residencia por arraigo 2025

 

5. ¿Qué documentación necesito para solicitar arraigo?

Dependiendo del tipo de arraigo, los documentos varían, pero hay una base común que conviene tener preparada:

Documentación general:

  • Pasaporte completo en vigor (todas las páginas).

  • Certificado de empadronamiento histórico.

  • Certificados de antecedentes penales (del país de origen y de España).

  • Documentación que acredite los años de permanencia (billetes, contratos, informes médicos, certificados escolares…).

Documentos específicos por tipo de arraigo:

  • Arraigo social: informe de inserción social + contrato de trabajo.

  • Arraigo laboral: documentación que pruebe relación laboral (acta de inspección, sentencia, denuncia…).

  • Arraigo familiar: certificados de nacimiento, libro de familia, DNI del familiar.

  • Arraigo para la formación: preinscripción o matrícula + plan del curso.

Consejo: Presentar el expediente de forma ordenada, completa y digitalizada facilita mucho la evaluación del mismo por parte de Extranjería.

6. ¿Cuánto tarda la resolución del arraigo?

Legalmente, la administración tiene un plazo de 3 meses para resolver las solicitudes de arraigo. No obstante, en la práctica, los tiempos pueden variar según la carga de trabajo de la oficina de extranjería de tu provincia.

Estimaciones realistas por tipo de arraigo (2025):

Si en 3 meses no has recibido respuesta, legalmente se considera denegado por silencio administrativo, aunque puedes presentar recurso de reposición o acudir a la vía judicial, te recomendamos que leas nuestro artículo ¿Por qué tarda tanto mi expediente de extranjería? en este mismo blog

7. ¿Qué puedo hacer si me deniegan el arraigo?

No todo está perdido. Si tu solicitud es rechazada, puedes:

  • Presentar un recurso administrativo dentro de los 30 días hábiles.

  • Si el recurso es desestimado, puedes recurrir ante los tribunales en un plazo de 2 meses.

  • En algunos casos, puedes volver a solicitar el arraigo corrigiendo los errores o aportando nueva documentación.

Importante: Las denegaciones se pueden revertir si se actúa a tiempo y con una defensa bien argumentada. Es crucial contar con un abogado especialista en extranjería.

 

Pedir arraigo en 2025

¿Cómo te puede ayudar S&C International Lawyers?

En S&C International Lawyers entendemos las dificultades y la incertidumbre de vivir en España sin papeles. Por eso, nuestro equipo te ofrece un acompañamiento completo en el proceso de arraigo:

  • Estudio gratuito y personalizado de tu caso.

  • Análisis detallado del tipo de arraigo que mejor se adapta a ti.

  • Preparación de documentación con revisión legal.

  • Presentación telemática ante Extranjería.

  • Defensa ante denegaciones o requerimientos.

Hemos ayudado a cientos de personas extranjeras a regularizar su situación en España. Tú también puedes hacerlo.


¿Necesitas ayuda con tu solicitud de arraigo?

Contáctanos hoy. Tu futuro legal en España puede comenzar ahora mismo.

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *